Como sabéis, hay determinadas situaciones en las que los agentes podrían retener el vehículo y los gastos correrían a cargo del conductor…
En algunos casos, como el de las emisiones, el de los dispositivos para eludir el radar o la manipulación de los instrumentos de control, la inmovilización sólo se levantará si un taller indicado por los agentes certifica la desaparición del sistema o manipulación detectada o ya no se superan los niveles permitidos.
- Alcohol o drogas. Si un conductor ha ingerido alcohol o drogas y ningún otro acompañante está en condiciones de poder pilotar.
- Sin casco. Cuando el conductor o el pasajero de una moto no dispongan de casco.
- Sin autorización. Cuando el vehículo carezca de autorización administrativa para circular.
- Sin seguro. Si se comprueba que no dispone de póliza en vigor.
- Deficiencias en el vehículo. Si presenta anomalías que constituyen un riesgo grave para los demás: circular sin faros, sin sistema de frenado, con golpes visiblemente graves, o con la ITV negativa.
- Emisiones. Cuando la moto supere los niveles de gases, humos y ruido permitidos en cada caso.
- Antiradares. Si se comprueba que el vehículo está dotado de mecanismos o sistemas para eludir la vigilancia de los agentes de Tráfico y de los medios de control a través de captación de imágenes (inhibidores o detectores de radares).
© Agradecimientos y Créditos: Artículo publicado en Club14.es. Enlaces, menciones y fotos de esta entrada.
NOTA: Puede que los enlaces, imágenes y/o vídeos dejen de verse.
Quisiera que también enviarán acerca de tracto camiones , y demás clases de vehículos
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Hola Francisco, gracias por tu sugerencia. En este blog sólo trato temas relacionados con las motos…
V’SsS
PóluxCrivillé
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