Ante una señal de limitación a 30 km/h y, en el mismo poste, una de peligro por peatones. No hay paso de peatones, ni señal horizontal ni siquiera arcén. Si no hay peatones en los alrededores de dicha señal, ¿hay que respetar el límite de 30?
Y si hay que respetarlo, ¿cuándo termina la prohibición, ya que no hay ninguna otra señal de limite de velocidad ni de fin de prohibiciones? La cuestión es que por ahí casi nunca veo peatones.
Tal y como establece el Reglamento General de Circulación (art 132.1), todos los usuarios de las vías están obligados a obedecer las señales de la circulación que establezcan una obligación o una prohibición y a adaptar su comportamiento al mensaje del resto de las señales reglamentarias que se encuentren en las vías por las que circulan.
Conforme a lo previsto en dicho reglamento (art. 154), cuando la señal de velocidad máxima (R301) esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro, la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado, circunstancia que concurre en este caso, en el que la señal P-20, tal como dispone el artículo 149 del citado reglamento, advierte sobre la existencia de peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por peatones.
El hecho de que en determinados momentos no se vean peatones en las proximidades de las señales que aparecen en la fotografía no puede plantear dudas sobre la obligación de obedecerlas.
© Agradecimientos y Créditos: Extracto de la revista Tráfico y Seguridad Vial. Enlaces, menciones y fotos de esta entrada.
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